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Declaracion de No-Dicriminacion 

Spirit Oore Ofe se suscribe una política de igualdad de oportunidades. La Universidad cree que el compromiso con los principios de justicia y respeto por todos ayuda a crear un clima favorable al intercambio libre y abierto de ideas, y nuestra institución busca llegar lo más ampliamente posible para atraer a las personas más capaces como estudiantes. profesores y personal. Por estas razones, las decisiones relativas a la admisión a programas académicos y de otro tipo de la Institución, así como las decisiones de empleo en todos los departamentos y oficinas de la Institución, se toman sobre la base de las calificaciones de un individuo para contribuir a cumplir los objetivos educativos de Spirit Oore Ofe Inc.  y sus necesidades institucionales. Al aplicar esta política, Spirit Oore Ofe Inc.  se compromete con el principio de no discriminar a las personas por creencias o características personales como opiniones políticas, religión, origen nacional, ascendencia, raza, color, sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género. , embarazo/parto, edad, estado civil o de pareja de hecho, estado de veterano, discapacidad, información genética y/u otras características protegidas por la ley aplicable que no estén relacionadas con los requisitos del trabajo o del programa.

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Además de la política general que acabamos de definir, Spirit Oore Ofe tiene obligaciones legales específicas como receptor de asistencia financiera federal y como contratista federal. Estas obligaciones incluyen el desarrollo e implementación de un plan para emprender formas apropiadas de acción afirmativa para emplear mujeres, personas de color, personas con discapacidades y veteranos protegidos. El plan de acción afirmativa de Princeton está disponible para los empleados y solicitantes de empleo previa solicitud para su revisión. Si tienen discutir el mismo puede hacerlo solicitando una cita con nuestro rector @ ifagbemi@spirit-oore-ofe.org.

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  El rector y el director de la Oficina de Ética & Diversidad son responsables de supervisar la implementación de esta política de igualdad de oportunidades y el plan de acción afirmativa. El Director de equidad y diversidad institucional es responsable de monitorear las prácticas y procedimientos de la Universidad para garantizar el cumplimiento de nuestra política y las leyes y regulaciones federales, estatales y locales, incluida la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación, el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972 y Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964. Las consultas sobre estos asuntos deben dirigirse a la Oficina del Vicerrector de Equidad y Diversidad Institucional @ ética.diversidad@spirit-oore-ofe.org.

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De conformidad con el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y otras leyes federales, estatales y locales, Spirit Oore Ofe  no discrimina por motivos de edad. , raza, color, sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género, embarazo/parto, religión, origen nacional, ascendencia, discapacidad, información genética o condición de veterano en cualquier fase de su proceso de empleo, en cualquier fase de su admisión o situación financiera. programas de ayuda, u otros aspectos de sus programas o actividades educativas. El Director de la Oficina  de equidad y diversidad institucional es la persona designada por Spirit Oore Ofe  para coordinar sus esfuerzos para cumplir con el Título IX, Sección 504 y otras regulaciones y leyes de igualdad de oportunidades y acción afirmativa. Las preguntas o inquietudes sobre el Título IX, Sección 504 u otros aspectos de los programas de igualdad de oportunidades o acción afirmativa de Spirti Oore Ofe Inc. deben dirigirse a Leonel Peres, Director de La Oficina de  Equidad y Diversidad Institucional, de Spirit Oore Ofe @ ética.diversidad@spirti-oore-ofe.org. Además, las consultas sobre la aplicación del Título IX y sus regulaciones de respaldo también pueden dirigirse al Subsecretario de Derechos Civiles, Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educación de EE. UU

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Con los mejores de deseos 

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Julio Leonel Perez-Vega

Chair-Person/Fundador

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Igualdad de oportunidades y no discriminación en Spirit Oore Ofe Inc: Spirit Oore Ofe cree que el compromiso con los principios de justicia y respeto para todos favorece el intercambio libre y abierto de ideas, y la nuestra institucion  busca llegar lo más ampliamente posible para atraer a las personas más capaces. como estudiantes, profesores y personal. Al aplicar esta política, la Spirit Oore Ofe  se compromete a no discriminar por creencias o características personales como opiniones políticas, religión, origen nacional, ascendencia, raza, color, sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género, embarazo/parto, edad. , estado civil o de pareja de hecho, estado de veterano, discapacidad, información genética y/u otras características protegidas por la ley aplicable en cualquier fase de sus programas o actividades de educación o empleo. Además, de conformidad con el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972 y las regulaciones de apoyo, Spirit Oore Ofe Inc. no discrimina por motivos de sexo en los programas o actividades educativos que opera; esto se extiende a la admisión y el empleo. Las consultas sobre la aplicación del Título IX y sus regulaciones de apoyo pueden dirigirse al Subsecretario de Derechos Civiles, Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educación de EE. UU. o al Coordinador de Conducta Sexual Inapropiada/Título IX de la institucion. Consulte la Política de igualdad de oportunidades y la Declaración de no discriminación completas de Spiriti Oore Ofe Inc.
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